Marco jurídico de las asociaciones sin fines de lucro en la República Dominicana : Ley 122 - 05 y Decreto 40 - 08
- Santo Domingo : Fondo para el Fomento de la Investigación Económica y Social (FIES), 2010
- 247 p.
La Constitución de la República en su artículo 47 reconoce como derecho fundamental la libertad de asociación y el consiguiente derecho del individuo a asociarse con fines licitos, de conformidad con la ley
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